• El carnet de conducir

    1.     Normas de circulación.

     
    Para circular con un vehículo de motor es preciso estar en posesión de un carnet o permiso de conducir válido, llevarlo consigo y exhibirlo en caso de solicitarlo un agente de la autoridad. Para la obtención del permiso o carnet  se requiere tener la residencia normal en España, reunir las aptitudes psicofísicas requeridas para la clase de permiso o licencia que se solicite y ser declarado apto por la Jefatura de Tráfico.
     
    La vigencia del permiso o la licencia de conducción está condicionada a que su titular no haya perdido su asignación total de puntos, que es de 12 puntos, salvo determinados supuestos en los que la asignación inicial es de 8 puntos.
     
    Por otro lado, el conductor de un vehículo ha de llevar consigo, el carnet permiso de circulación o la licencia de circulación en el caso de ciclomotores. Además, la tarjeta de inspección técnica del vehículo y el certificado de seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor, póliza y recibo del periodo en curso.
     
    Validez de los carnets de conducir expedidos en otros países
     
    -          Si tales permisos han sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea o pertenecientes al Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Lienchenstein) con arreglo a la normativa comunitaria mantienen su validez en España en las condiciones en que hubieran sido expedidos en su lugar de origen, con la salvedad de que la edad requerida para la conducción corresponde a la exigida para obtener el permiso español equivalente.
     
    -          Si han sido expedidos en países no comunitarios: Los reconocidos en particulares convenios internacionales multilaterales y bilaterales en los que España sea parte y en las condiciones que se indique en los mismos. España ha suscrito numerosos acuerdos sobre todo con aquellos países cuyos nacionales residen en mayor número en nuestro país como Marruecos, Ecuador, Colombia, Argentina... En todo caso, la validez de estos permisos se supedita al cumplimiento de una serie de requisitos:
     
    El canje del carnet de conducir debe solicitarse en la Jefatura de Tráfico de la provincial del domicilio del titular del permiso de conducción supeditado a que se confirme la validez del permiso por parte de las autoridades que lo han expedido en cada país.
     
     
    Por otra parte, en nuestra legislación existen unas normas generales referidas a los conductores como la prohibición de utilización de teléfonos móviles durante la conducción. Asimismo, la obligación de utilizar el cinturón de seguridad, cascos y demás elementos de protección y dispositivos de seguridad.
     
    En todo caso, queda prohibido circular con menores de 12 años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. También, circular con niños menores de tres años situados en los asientos traseros del vehículo, salvo que utilicen para ello un sistema de sujeción homologado adaptado a su talla y a su peso. Queda prohibido circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, por cualquier clase de vía.
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